¿Necesitas un certificado energético para tu vivienda?

Un certificado energético, es un documento redactado por un técnico competente (los arquitectos técnicos lo somos) que incluye información sobre las características energéticas del edificio. Esta calificación se obtiene mediante el cálculo del consumo energético anual para cubrir las necesidades del inmueble.

Este proceso finaliza con la expedición de un certificado de eficiencia energética y sus correspondientes etiquetas. La escala de calificación energética comprende de la letra A, máximo grado de eficiencia energética, a la G, que es el menor grado.

¿Es obligatorio tener un certificado energético de nuestro inmueble?

Desde 2013 es necesario contar con este certificado si queremos vender o alquilar nuestra propiedad. Es el propietario quien debe solicitarlo y facilitarlo al comprador o inquilino, y el incumplimiento de esto, puede derivar en una sanción económica.

Los inmuebles exentos de esta obligación son:

  • Edificios de protección oficial.
  • Edificios de actividad religiosa.
  • Edificios aislados con una superficie menor a 50m2.
  • Edificios que vayan a ser reformados completamente o demolidos.

¿Quién lo realiza?

Siempre lo debe realizar un técnico competente. Los arquitectos técnicos los somos.

¿Cuánto tarda en emitirse el certificado?

Los plazos dependen del técnico que lo realice y de la tramitación posterior en la administración competente de la comunidad autónoma.
Por lo general, se recomienda hacer la solicitud de este certificado con una antelación aproximada de 1 mes, antes de la compraventa o alquiler.
 

Si tienes más dudas, no dudes en contactar con un arquitecto técnico, y si necesitas un certificado, se encargará de todo, incluso de la tramitación posterior.

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¿Necesitas un certificado energético para tu vivienda?

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Accesibilidad universal y diseño para todos: Los aparejadores juegan un importante papel en este cometido.
  • 28 abr. 2017

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Accesibilidad universal y diseño para todos: Los aparejadores juegan un importante papel en este cometido.

Consejo Mantenimiento Entrevista a Mª Carmen Fernández, arquitecto técnico especialista en accesibilidad de la Fundación ONCE La accesibilidad en la edificación es imprescindible en la actualidad, y para ello los profesionales han de estar debidamente formados en la materia. Pero no sólo es importante la formación, sino que un buen profesional ha de comprender el porqué de la accesibilidad y como aplicarla a la realidad de cada proyecto de edificación. Los profesionales de la edificación son imprescindibles en el camino iniciado hace años de convertir las ciudades en lugares accesibles, en contribuir en el diseño para todos tanto en el ámbito público como el privado. Los aparejadores juegan un importante papel en este cometido, y por ello, además de conocer la extensa normativa deben estar sensibilizados y ampliar su formación. Como dice Mª Carmen Fernández, arquitecto técnico especialista en accesibilidad de la Fundación ONCE: “es fundamental estar sensibilizado, conocer la diversidad de usuarios con sus distintas capacidades y discapacidades y aplicar el diseño universal o diseño para todas las personas.  La arquitectura se encarga de modificar y trasformar el medio físico para satisfacer las necesidades del ser humano y en la actualidad las necesidades son muy heterogéneas y el ser humano muy diverso”. La formación en accesibilidad se ha convertido en un complemento indispensable para los profesionales de la edificación, los cambios sociales requieren de profesionales que sepan adaptarse a ellos y diseñar y construir para todos. Esta entrevista es una pequeña muestra del camino que se ha de llevar en esta materia, una información de interés para los asociados a COAATIE. ¿Qué normativas hay actualmente que regulen la accesibilidad en la edificación? La normativa siempre se aplica en forma piramidal, desde la normativa europea a las ordenanzas municipal. En la actualidad son estas: Normativa Europea, Convención de la ONU de los derechos de las personas con discapacidad (2008) Constitución española (1978) Real Decreto Legislativo 1/2013 (de 29 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social), refunde  las siguientes leyes derogadas con su entrada en vigor: L.I.S.M.I. 13/1982(Ley de Integración Social del Minusválido, de 7 abril de 1982) L.I.O.N.D.A.U. 51/2003 (Ley de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal 51/2003, de 2  diciembre de 2003) La Ley 49/2007 (de 26 de diciembre, por la que se establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad) Real Decreto 173/2010, de 19 febrero, por el que se modifica el C.T.E, en materia de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad. Documento Básico SUA à Seguridad de Utilización y Accesibilidad. Real Decreto Legislativo 7/2015 (de 30 de Octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de suelo y rehabilitación, refunde  las siguientes leyes derogadas con su entrada en vigor: Ley del Suelo Ley 8 /2013 de Rehabilitación, Regeneración y Renovación urbanas Leyes, decretos, reglamentos, ... de las Comunidades Autónomas Orden de 25 de mayo de 2004, de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte, por la que se desarrolla el Decreto 39/2004, de 5 de marzo, del Gobierno Valenciano, en materia de accesibilidad en la edificación de pública concurrencia, que desarrolla la Ley 1/1998 de 5 de mayo . Ordenanzas locales Con esta cantidad de normativa es usual que existan incongruencias entre los parámetros que exigen las diferentes normativas, referentes a dimensiones y equipamientos. En principio priman los mínimos planteados en el Código Técnico de la Edificación y en los reales decretos, pudiendo ser mejorados por las normativas autonómicas correspondientes. Por lo que priman los más restrictivos. ¿Cree que se cumple esta normativa?  ¿Es necesario crear nuevas ordenanzas? Como podemos ver hay normativa suficiente y muy buena para aplicar y no es necesario dictar más regulación. Lo que es necesario es saber cómo aplicarla y desterrar la famosa pregunta “¿con esto cumplo?”. Dibujar un círculo de 1.50 m. de diámetro o una rampa, no prueban la funcionalidad y el uso de un recinto. Por ejemplo: La Sección SUA 3 Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento en recintos en el punto 2 dice: “En zonas de uso público, los aseos accesibles y cabinas de vestuarios accesibles dispondrán de un dispositivo en el interior fácilmente accesible, mediante el cual se transmita una llamada de asistencia perceptible desde un punto de control y que permita al usuario verificar que su llamada ha sido recibida, o perceptible desde un paso frecuente de personas. Estamos viendo que se están colocando timbres junto a los interruptores de la luz, por encima del inodoro, etc. Si una persona se cae al suelo, aun estirando el brazo, no llegará a esa altura para activar el pulsador del timbre. Con lo que ¿ese cuarto de baño cumple con la normativa?, la respuesta es sí cumple, pero la pregunta es ¿sirve para algo? No es posible que proyectos redactados por técnicos cualificados, visados por colegios profesionales, con licencias de la administración pública y ejecutados con dirección de obra facultativa, presenten carencias en accesibilidad en su uso. La normativa se tiene que aplicar como corresponde y no en función de la concienciación o sensibilización que tenga el profesional, ninguna otra normativa (contraincendios, telecomunicaciones, instalaciones, etc.) se aplica en función de la concienciación. ¿Están los profesionales del sector de la edificación  formados en este ámbito? ¿Deberán promoverse más cursos al respecto? Conocer la normativa referente a la accesibilidad, no es suficiente, es necesario saber el porqué y el para qué de cada cosa y aplicarlo a la realidad. Hay que disponer de determinados conocimientos y formación para dar respuesta a cada situación, con independencia de los parámetros del marco normativo vigente. Es fundamental estar sensibilizado, conocer la diversidad de usuarios con sus distintas capacidades y discapacidades y aplicar el diseño universal o diseño para todas las personas. La arquitectura se encarga de modificar y trasformar el medio físico para satisfacer las necesidades del ser humano y en la actualidad las necesidades son muy heterogéneas y el ser humano muy diverso. La formación en accesibilidad es un complemento indispensable en la especialización y mejora laboral. Los profesionales deben estar formados en este campo para poder implementar soluciones de diseño acordes con los cambios que se producen en la sociedad en las diferentes etapas de la vida para garantizar la igualdad de derechos y la plena participación de todas las personas en la sociedad. ¿Qué características deben reunir los espacios públicos para ser accesibles?  Lo fundamental de la accesibilidad universal radica en el concepto de hacer un espacio público para todos los ciudadanos. Las características que deben cumplir están relacionadas con las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación en lo que a su acceso y utilización se refiere: a) Accesos. Existencia de un itinerario accesible que comunique una entrada principal accesible con la vía pública y con las plazas accesibles de aparcamiento. Adecuadas puertas de las entradas, no desnivel en el umbral y pavimento no deslizante. b) Accesibilidad en los espacios destinados a usos o servicios de un edificio público y en los espacios comunes de edificios de vivienda. c) Espacios situados a nivel. Contarán con un itinerario accesible que comunique el acceso y la salida del edificio, las zonas de refugio y los ascensores u otros elementos de comunicación vertical accesibles. Ese itinerario debe garantizar la circulación de personas en silla de ruedas y la comunicación visual de determinados espacios, según su uso, en beneficio de las personas sordas. El pavimento ha de ser adecuado para reducir la posibilidad de resbalamientos. d) Espacios situados en diferentes niveles. Contarán, en todo caso, con un medio accesible alternativo a las escaleras. En el caso de edificios de pública concurrencia de más de una planta, siempre contarán con ascensor accesible, mientras que en el caso de edificios de viviendas con más de dos plantas, contarán con rampa o ascensor accesible, o bien cumplirán las condiciones que permitan su instalación posterior. e) Utilización accesible. El mobiliario de los edificios será dispuesto de tal forma que permita la utilización segura e independiente por personas con discapacidad, especialmente discapacitados visuales o usuarios en silla de ruedas. Además, en salones de actos, salas de espectáculos y locales con asientos fijos deberán existir asientos convertibles cercanos a las vías de salida. Todos los edificios públicos de nueva planta estarán dotados de aseos accesibles. f) Información y señalización. La información, señalización e iluminación del edificio deberá permitir a los usuarios del edificio, cualquiera que sea su discapacidad, la localización de las distintas áreas del mismo y de sus itinerarios accesibles, así como su utilización en condiciones de seguridad. g) Seguridad en caso de incendio. Los edificios contarán con mecanismos que permitan a las personas con  discapacidad percibir la existencia de un incendio, así como con señalización óptica, acústica y táctil en los recorridos de evacuación. También contarán con ascensores de emergencia con accesos en cada planta y con zonas de refugio en todos los niveles donde no haya salidas de emergencia, dependencias que habrán de ser resistentes al fuego. ¿Cree que la sociedad está concienciada de la necesidad de adaptar los espacios para que sean más accesibles? Cada vez son más las personas que saben la importancia que esto supone y conlleva. La accesibilidad es fundamental para un 10% de la población, necesaria para un 40% y para el resto supone una situación de confort y bienestar, con lo que nos interesa a todos. Pero el sector privado aún necesita un empujón que provoque un cambio de actitud desterrando modelos y hábitos asentados durante años que ayuden a tener una visión diferente de las cosas. ¿Considera que Alicante es una ciudad adaptada? En general en España en los últimos 30 años ha habido un cambio sustancial, todas las ciudades y pueblos han ido adaptando sus calles, espacios y edificios a las diferentes discapacidades. De hecho, España es el país europeo que más ciudades finalistas tiene en el Concurso Europeo Ciudades Accesibles con 11, seguido de Alemania que tiene 4.  Alicante, como ciudad, y sus municipios, cuentan con muy buenas actuaciones de accesibilidad en diferentes ámbitos (playas, espacios naturales, calles, edificios, etc.) pero aún queda trabajo por hacer ya que el entorno construido es bastante grande. Mª Carmen Fernández Hernández Arquitecto Técnico Área de Accesibilidad Universal Fundación ONCE

¿Por qué instalar una cubierta verde en rehabilitación?
  • 9 dic. 2015

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¿Por qué instalar una cubierta verde en rehabilitación?

Consejo Rehabilitación La vida en la ciudad se ha vuelto insana. Esto se debe a que la gran mayoría de los espacios están destinados a edificios y carreteras dejando a la vegetación un espacio mínimo, favoreciendo al sobrecalentamiento de la atmósfera en estas zonas. Se puede ayudar a solucionar este problema reduciendo el consumo de energía y las emisiones de CO₂ con la instalación de cubiertas verdes, no solo en obra nueva sino también en rehabilitación. Además de mejorar el clima y la calidad del aire, también se optimiza el aislamiento térmico y acústico, incluso a largo plazo se obtiene un ahorro económico en comparación con una cubierta convencional. Aumentando así la eficiencia energética de tu edificio. Una cubierta verde es una superficie que está preparada para la disposición de vegetación ya sea como terraza, zona de recreo, etc. Que tiene funciones ecológicas de gran interés. Se compone principalmente de:          -Lámina impermeabilizante: protege la estructura de filtraciones de agua. -Lámina anti-raíz: su función es evitar que las raíces dañen la impermeabilización o incluso la estructura. Algunos fabricantes integran esta lámina con la impermeabilización, pero hay que tener en cuenta que no se puede sustituir una por otra, son elementos diferentes. -Capa protectora: protege la lámina anti-raíz y retiene agua y nutrientes para la vegetación. -Elemento de drenaje: almacenan agua de la lluvia y conducen el agua sobrante a los sumideros de la cubierta, además de oxigenar la tierra vegetal. -Lámina de filtro: evita que los granos más finos se corroan y asegura el funcionamiento seguro del drenaje. -Sustrato mineral y vegetal: varía en función del tipo de las necesidades particulares.   Dentro de la categoría de cubierta verde se puede distinguir distintos tipos en función de varios factores que los caracterizan:   CUBIERTA EXTENSIVA CUBIERTA SEMI-INTENSIVA CUBIERTA INTENSIVA ESPESOR 10-25 cm 15-30 cm >60 cm VEGETACIÓN Sedum tapizante, herbáceas, césped, plantas autóctonas Herbáceas, césped, arbustos Césped, arbustos, árboles COSTE bajo medio alto PESO 60-180 kg/m² 150-350 kg/m² >350 kg/m² MANTENIMIENTO reducido moderado intensivo USO Protección ecológica Protección ecológica. Uso recreativo Uso recreativo. Paisajismo   Las cubiertas ecológicas disponen de un conjunto de propiedades que suponen grandes ventajas para el ahorro energético del edificio: -La instalación de estas cubiertas contrarresta la pérdida de zonas verdes debido a la urbanización, ofreciendo nuevos espacios de vegetación ayudando así a reducir la contaminación a través del proceso de transpiración y humidificación del aire seco. -Proporcionan protección para la impermeabilización, ya que la capa de vegetación amortigua la agresión de temperatura y protege de acciones físicas como viento, granizo… -Retención de hasta un 90% de aguas pluviales, parte de estas aguas es devuelta a la atmósfera por lo que se reduce el coste en desagües y se humedece el ambiente urbano. Además de prevenir las inundaciones locales y evitar el colapso de las alcantarillas. De esta forma también se podría ahorrar en el dimensionado y construcción del alcantarillado y en su mantenimiento. -Funcionan como barrera acústica ya que reducen la reflexión sonora y aumenta el aislamiento, siendo una gran solución estas cubiertas en edificios rodeados de focos ruidosos. -Otra característica importante es el aislamiento térmico que proporcionan, evitan el calentamiento excesivo en verano y las pérdidas de calor en invierno, disminuyendo así el consumo de energía en calefacción y refrigeración. La combinación de cubierta ecológica e instalación de energía solar favorece al rendimiento de las células solares. Se ha comprobado que estas cubiertas disminuyen la temperatura ambiental, bajando así la temperatura de los paneles y del material de los colectores, obteniendo como resultado un aumento del rendimiento. A la hora de elegir un tipo de cubierta verde para la rehabilitación de tu edificio es necesario tener en cuenta la carga que supone la aplicación de la nueva cubierta a la estructura. El peso de una cubierta convencional de grava oscila entre 90-100 kg/m² y la cubierta ecológica o extensiva tiene un peso entre 60-180 kg/m² aproximadamente. Por lo que una gran opción para rehabilitar una cubierta es sustituir la convencional por una ecológica sin que sufra la estructura del edificio. Mientras que una cubierta intensiva con un peso superior a 350 kg/m² necesita estar prevista en el proyecto, para diseñar una estructura que la soporte. Después de analizar las ventajas que nos ofrecen las cubiertas ecológicas se puede decir que se trata de un sistema idóneo para ahorrar energía, incrementando su eficiencia energética con una mejora del aislamiento térmico y todo ello aprovechando los recursos que nos da la naturaleza. Si tiene alguna duda sobre la instalación de estas cubiertas o cuál es la mejor opción para su rehabilitación contacte con su aparejador de cabecera para recibir asesoramiento. 

¡Horror! ¡Una grieta en mi casa!
  • 16 ene. 2024

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¡Horror! ¡Una grieta en mi casa!

Consejo Mantenimiento Acabas de descubrir una grieta en tu casa. ¿Será peligrosa? No todas lo son, pero las que suponen un riesgo para tu casa y sus habitantes, deben revisarse urgentemente. Así que si tienes una grieta en casa, hay que llamar a un experto en edificación, pero antes, puedes aprender a distinguir cuáles son las que suponen un peligro inminente. En cuanto veas una grieta, debes consultar a un experto para que determine su peligrosidad. El experto que puede diagnosticar certeramente su procedencia y grado de gravedad es el arquitecto técnico. Si necesitas un diagnóstico rápido y certero, él es el profesional que puede efectuarlo. Primeramente, hay que diferenciar entre grieta y fisura. La fisura suele ser superficial (aunque también puede ser el primer indicio de una futura grieta) y es como una línea, sin separación. En la grieta sí que se aprecia hueco o separación. Las grietas estructurales son las más peligrosas, un deterioro de los materiales, un exceso de peso o movimientos en el edificio (obras, excavaciones, sismos, etc.) pueden ocasionarlas. Las grietas no estructurales aparecen por otras causas: cambios de temperatura, de humedad… Las grietas aparecen en tabiques, muros, techos o pilares. El arquitecto técnico determinará su peligrosidad basándose en diferentes factores, como el tipo de grieta (una y larga o varias y cortas), su grado de inclinación o su disposición respecto a los elementos estructurales. También determinará si se encuentra viva, y va en aumento, o está estabilizada. Su observación y análisis técnico es fundamental para tu seguridad y la de tu casa.